Cálculo de gratificaciones ejemplos

Los ejemplos de cálculo de gratificaciones se realizarán en función de las remuneraciones mensuales y el tiempo de servicio del trabajador. Si el trabajador ha trabajado 6 meses completos, le corresponde una gratificación equivalente a 1 remuneración ordinaria. En el caso de que el tiempo de servicio sea menor de 6 meses, la gratificación se calcula en forma proporcional. Para aquellos que tienen una remuneración variable o parcial, el calculo se hace con base en el promedio de los salarios durante el tiempo trabajado, ajustando la gratificación de acuerdo con el tiempo de servicio. A continuación, realizaremos algunos ejemplos de cálculo de gratificaciones.

Casos prácticos: Cálculo de gratificaciones ejemplos

Trabajado 1: cálculo de gratificaciones.

La empresa Rápidos S.A.C., tiene un trabajador que ingresó a trabajar el 02 de enero con una remuneración de S/ 2,000.00, y como estamos en el mes de Julio, desea saber cuánto le corresponde como gratificación por Fiesta Patrias.

Datos:

  • Remuneración computable: S/ 2,000.00
  • Meses computables (enero – junio): 6 meses

Calculo:

  • Remuneración computable 1/6 – (2,000.00/6): S/ 333.33
  • Total gratificación (333.33 x 6):  S/ 2,000.00
  • Bonificación extraordinaria 9% (2,000 x 9%): S/ 180.00

El trabador de la empresa Rápidos S.A.C., que ingreso a trabajar el 2 de enero y ha trabajado hasta el 30 de junio, le corresponde una gratificación de S/ 2,180.00, que incluye bonificación extraordinaria por Fiestas patrias, ya que ha trabajado 6 meses completos.

Trabajado 2: Gratificaciones con asignación familiar.

La Empresa Rápidos S.A.C., tiene un trabajador que ingresó a trabajar el 02 de enero con una remuneración de S/ 1,400.00 y S/ 102.50 por asignación familiar. En el mes de Julio, la empresa desea saber cuánto le corresponde como gratificación por Fiestas Patrias.

Datos:

  • Remuneración computable: S/ 1,400.00
  • Asignación Familiar: S/ 102.50
  • Meses computables (enero – junio): 6 meses

Calculo:

  • Remuneración computable (1400 + 102.50): S/ 1,502.50
  • Remuneración computable 1/6 (1,502.50 /6): S/ 250.42
  • Total gratificación (250.42 x 6):  S/ 1,502.50
  • Bonificación extraordinaria 9% (1,502.5 x 9%): S/ 135.23

El trabajador de Rápidos S.A.C., que ingreso el 02 de enero, le corresponde una gratificación de S/ 1,637.73, que incluye la bonificación extraordinaria por Fiestas Patritas, ya que ha trabajado 6 meses completos.  

Trabajado 3: Gratificaciones con ingresos variables.

La empresa Rápidos S.A.C., tiene un trabajador que ingreso a laborar el 03 de abril con una remuneración de S/ 2,000.00 y tiene un hijo menor de edad. Durante este tiempo, ha recibido comisiones por ventas, horas extras, asignación por educación, comisión por ventas. Ahora, en el mes de diciembre, la empresa desea saber cuánto le corresponde pagar de gratificaciones por Navidad a este trabajador.   

Datos:

  • Remuneración                                S/ 2,000.00
  • Asignación familiar                        S/     102.50
  • Asignación por educación            S/     400.00
  • Comisiones por ventas                  S/    700.00

             Julio               S/ 250.00

            Agosto            S/ 150.00

            Septiembre    S/ 300.00

  • Recibió horas extras                       S/   720.00

             Agosto         S/ 400.00

             Septiembre S/ 200.00

             Octubre       S/ 120.00

  • Canasta navideña valorizada        S/   300.00

Cálculo:

  • Remuneración                                  S/ 2,000.00
  • Asignación familiar                           S/ 102.50
  • Promedio comisión ventas (700/6)  S/ 116.67
  • Promedio horas extras (720/6)         S/ 120.00

                                                        Total S/ 2,339.17

  • Remuneración computable: S/ 2,339.17
  • Remuneración computable 1/6 (2,339.17 /6): S/ 389.86
  • Total gratificación (389.86 x 6):  S/ 2,339.17
  • Bonificación extraordinaria 9% (2,339.17 x 9%): S/ 210.53

El trabajador de Rápidos S.A.C., que ingreso el 03 de abril, le corresponde una gratificación de S/ 2,549.70, que incluye la bonificación extraordinaria por Navidad, ya que ha trabajado 6 meses completos desde Julio a diciembre.

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Base legal

Art. 2 de la Ley N.° 27735, cita el artículo 19 del TUO del D. Leg. N.° 650. Ley de Compensación por Tiempo de Servicio, inciso d) las canastas navideñas o similares no se consideran como remuneración computable para para este beneficio.

Art. 19 del TUO del D. Leg. N.° 650 Ley de Compensación por Tiempo de Servicio, inciso f) la asignación por educación no se considera para este derecho.

Art. 3 del D. S. Nº 005-2002-TR, Tratándose de remuneraciones de naturaleza variable ( Horas extras, comisiones), se considera cumplido el requisito de regularidad si el trabajador las ha percibido, cuando menos, en alguna oportunidad en tres meses durante el semestre correspondiente.

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