CTS 2024 – Casos prácticos

La CTS 2024 – Casos prácticos, es un beneficio que se otorga a los trabajadores formales como una medida de prevención económica.  Ese fondo se acumula a lo largo del tiempo y el empleador está obligado a depositar en una cuenta bancaria elegida y a nombre del trabajador al momento de la desvinculación el trabajador puede retirar el monto acumulado.

Preguntas y respuestas

¿Qué trabajadores reciben este beneficio?

Los trabajadores sujetos al régimen común de la actividad privada que cumplan una jornada mínima diaria de cuatro (4) horas.

¿Qué trabajadores están excluidos de reciben este beneficio?

  • Trabajadores a tiempo parcial (menos de 4 horas diarias).
  • Trabajadores comprendidos en los regímenes especiales de construcción civil, trabajadores del hogar, pescadores, artistas y casos análogos.

¿En qué casos se retiene este beneficio?

La CTS del Trabajador se retiene cuando existe una demanda judicial por alimentos, y el empleador es notificado por el juzgado.  

¿Qué periodos son computables para el calculo de CTS?

Son computables para el otorgamiento de la CTS, los días efectivamente laborados.

Con carácter excepcional, serán considerados como días de trabajo efectivos, para el cálculo de la CTS:

  • Inasistencias motivadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales o por enfermedades debidamente comprobadas hasta 60 días. Se computan en cada período anual comprendido entre el 1 de noviembre de un año y el 31 de octubre del año siguiente.
  • Días de descanso pre y post natal.
  • Días de suspensión de labores con pago de remuneraciones.
  • Días de huelga, siempre que no haya sido declarada improcedente o ilegal.
  • Días que devenguen remuneraciones en un procedimiento de calificación de despido.

¿Cuándo se paga este beneficio?

El empleador está obligado a efectuarlo semestralmente, cuyas fechas de vencimientos o plazos de pagos son:

  • Primer semestre (noviembre a abril). Vencimiento 15 de mayo.
  • Segundo semestre (mayo a octubre). Vencimiento 15 de noviembre.

¿Qué conceptos se consideran para cálculo de CTS?

Conceptos se deben considerar.

– Sueldos y salarios básicos.
– Comisiones o destajo.
– Horas extras.
– Remuneración vacacional.
– Premios por ventas.
– Remuneración por la hora de permiso por lactancia.
– Remuneración por licencia por paternidad.
– Asignación familiar.
– Bonificación por producción, altura, turno, etc.
– Gratificaciones de julio y diciembre.
– Licencia con goce de haber.
– Movilidad de libre disponibilidad.
– Bonificación por puntualidad.

Conceptos que no se deben considerar.

– Récord trunco vacacional.
– bonificación o Asignación por educación.
– bonificación por fallecimiento de familiares.
– Asignación por matrimonio.
– Asignación por cumpleaños.
– Bonificación extraordinaria 9%.
– Gratificación trunca.
– Indemnización por vacaciones no gozadas.
– Participación en las utilidades.
– Canasta de navidad o similares.
– Indemnización por retención indebida de CTS.

¿Qué sucede si no depositan a tiempo la CTS?

Cuando el empleador no deposita la CTS; es decir, lo realiza posterior a la fecha de vencimiento, se genera un CTS extemporánea lo que trae como consecuencia el pago de intereses de manera obligatoria.

¿Qué tasa de interés se utiliza para el cálculo de intereses?

La tasa de rentabilidad anual que los bancos, cajas o entidades financieras que pagan a los trabajadores por los depósitos semestrales que realizan en las cuentas de CTS de las mismas entidades, la información esta publicada en la web de cada entidad.

¿Qué tasa de interés se considera si el trabajador no tiene aperturada su cuenta de CTS?

Se considera la tasa de interés legal laboral o la tasa promedio de depósito de CTS a la fecha de pago y se debe elegir la que más beneficie al trabajador.

Casos prácticos: CTS 2024

1. Trabajador con remuneración fija.

  • Fecha de inicio                            18.02.2023                                          
  • Tiempo computable                    6 meses (del 01.05.2024 – 31.10.2024)
  • Remuneración básica                 S/ 3,000.00
  • Asignación familiar                      S/ 102.50
  • Gratificación Julio 2024             S/ 3,102.50
  • Bonificación extraordinaria         S/ 279.23 

Desarrollo:

  • Remuneración básica                 S/ 3,000.00
  • Asignación familiar                       S/ 102.50
  • 1/6 gratificación Julio 2024          S/ 517.08

                             Total Computable  S/ 3,619.58    

Importe a depositar.

Remuneración computable    %N° de meses al año    XN° de meses a depositar    =Total a Depositar
    S/ 3,619.58      12               6S/ 1,809.79

2. Cálculo de CTS de un trabajador con remuneración variable.

  • Fecha de inicio                           18.02.2023                                          
  • Tiempo computable                   6 meses

(Del 01.05.2024 – 31.10.2024)

  • Remuneración básica                      S/ 3,000.00
  • Asignación familiar                         S/ 102.50
  • Gratificación Julio 2024                  S/ 3,102.50
  • Bonificación extraordinaria           S/ 279.23 
  • Comisiones último semestre         S/ 1,100.00
    • Mayo 2024 S/ 200.00
    • Junio 2024 S/ 100.00
    • Julio  2024 S/ 150.00
    • Agosto 2024 S/200.00
    • Septiembre  2024 S/ 150.00
    • Octubre  2024 S/ 300.00
  • Horas extras                                         S/ 450.00 (enero, febrero y marzo)
  • Bonificación por cierre de balance S/ 500.00

Desarrollo:

  • Remuneración básica                  S/. 3,000.00
  • Asignación familiar                      S/.    102.50
  • 1/6 Gratificación                          S/.    517.08
  • 1/6 Promedio comisión               S/.    183.33
  • 1/6 Promedio horas extras         S/.       75.00
  • 1/12 Bonificación balance          S/.       41.66

                            Total Computable    S/ 3,844.57

Remuneración computable    %N° de meses al año    XN° de meses a depositar    =Total a Depositar
    S/ 3,844.57      12               6S/ 1,922.29

3. Trabajador que labora en una pequeña empresa (REMYPE).

  • Fecha de inicio                            18.02.2023       
  • Tiempo computable                   6 meses (Del 01.11.2024 – 30.04.2025)
  • Remuneración básica                 S/ 2,000.00
  • Gratificación Julio 2024              S/ 2,000.00
  • Bonificación extraordinaria        S/ 180.00 

Desarrollo:

  • Remuneración básica                 S/ 2,000.00
  • 1/6 gratificación Julio 2024        S/ 333.33

                             Total Computable  S/ 2,333.33

Remuneración computable    %Días del mes    XJornales diarios    =Total a Depositar
    S/ 2,333.33      30               15S/ 1,166.67

Importe a depositar:

Remuneración computable    %N° de meses al año    XN° de meses a depositar    =Total a Depositar
    S/ 1,166.67      12               6S/ 583.33

Base legal

Art. 50 de D.S. 013-2013 PRODUCE: los trabajadores de las pequeñas empresas tendrán derecho a la compensación por tiempo de servicio computada a razón de quince (15) remuneraciones diarias por cada año completo de servicio.

Art.18 del D.S. Nº 001-97-TR: Las remuneraciones de periodicidad semestral se incorporan a la remuneración computable a razón de un sexto de lo percibido en el semestre respectivo. Se incluye en este concepto las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad.

Art. 16 del D.S. Nº 001-97-TR: tratándose de remuneraciones complementarias, de naturaleza variable o imprecisa, se considera cumplido el requisito de regularidad si el trabajador las ha percibido cuando menos tres meses en cada período de seis. Ejem. Horas extras, comisiones y promedio de gratificaciones.

Art. 18 del D.S. Nº 001-97-TR: Las remuneraciones que se abonan por un período mayor se incorporan a la remuneración computable a razón de un dozavo de lo percibido en el semestre respectivo. Ejem. Cierre de balance.

Si deseas conocer sobre gratificaciones , haz clic aquí.

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