Ejemplos de compensación por tiempo de servicio

Usaremos ejemplos de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), para tener un mejor entendimiento de este beneficio laboral que tienen los trabajadores en planilla, y se depositan en sus cuentas bancarias en los meses de mayo y noviembre de cada año.

La (CTS), se encuentra regulada en el Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicio (Decreto Supremo N.°001-97-TR) y su Reglamento (Decreto Supremo N.° 00497-TR) y normas complementarias.

La Compensación por Tiempo de Servicio, tiene como propósito prever el riego que origina el cese de vinculación laboral y la consecuencia de la pérdida de ingresos en la vida del trabajador y su familia. Y se inicia desde el primer día de ingreso al trabajo; cumplido este requisito toda fracción se computa en treintavos.

¿Qué trabajadores reciben este beneficio?

Los trabajadores sujetos al régimen común de la actividad privada que cumplan una jornada mínima diaria de cuatro (4) horas.

¿Qué trabajadores están excluidos de recibir este beneficio?

  • Trabajadores a tiempo parcial (menos de 4 horas diarias).
  • Trabajadores comprendidos en los regímenes especiales de construcción civil, trabajadores del hogar, pescadores, artistas y casos análogos.

¿En qué casos se retiene este beneficio?

Se retiene cuando existe una demanda por alimentos y el juzgado notifica al empleador.

¿Qué periodos son computables para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicio?

  • Son computables para el otorgamiento de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), los días efectivamente laborados.

Con carácter excepcional, serán considerados como días de trabajo efectivos, para el cálculo de la CTS.

  • Inasistencias motivadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales o por enfermedades debidamente comprobadas hasta 60 días. Se computan en cada periodo anual comprendido entre el 1 de noviembre de un año y el 31 de octubre del año siguiente.
  • Días de descanso pre y post natal.
  • Días de suspensión de labores con pago de remuneraciones.
  • Días de huelga, siempre que no haya sido declarada improcedente o ilegal.
  • Días que devenguen remuneraciones en un procedimiento de calificación de despido.

¿Cuándo se paga este beneficio?

El empleador está obligado a efectuarlo semestralmente, cuyas fechas de vencimientos o plazos de pagos son:

  • Primer semestre (noviembre a abril). Vencimiento 15 de mayo.
  • Segundo semestre (mayo a octubre). Vencimiento 15 de noviembre.

¿Qué conceptos se consideran para cálculo de Compensación por Tiempo de Servicio?

Conceptos se deben considerarConceptos que no se consideran
Sueldos y salarios básicos.Récord trunco vacacional.
Comisiones o destajo.Bonificación o asignación por educación.
Horas extras.Bonificación por fallecimiento de familiares.
Remuneración vacacional.Asignación por matrimonio.
Premios por ventas.Asignación por cumpleaños.
Remuneración por la hora de permiso por lactancia.Bonificación extraordinaria del 9%.
Remuneración por licencia por paternidad.Gratificación trunca.
Asignación familiar.Indemnización por vacaciones no gozadas.
Bonificación por producción, altura, turno, etc.Participación en las utilidades.
Gratificaciones de julio y diciembre.Canasta de Navidad o similares
Licencia con goce de haber.Indemnización por retención indebida de CTS.
Movilidad de libre disponibilidad. 
Bonificación por puntualidad. 

¿Qué sucede si no depositan a tiempo la CTS?

Cuando el empleador no deposita la CTS; es decir, lo realiza posterior a la fecha de vencimiento, se genera un CTS extemporánea lo que trae como consecuencia el pago de intereses de manera obligatoria.

¿Qué tasa de interés se utiliza para el cálculo de intereses?

La tasa de rentabilidad anual que los bancos, cajas o entidades financieras que pagan a los trabajadores por los depósitos semestrales que realizan en las cuentas de CTS de las mismas entidades, la información está publicada en la web de cada entidad.

¿Qué tasa de interés se utiliza si el trabajador no tiene aperturada su cuenta de CTS?

Se utiliza la tasa de interés legal laboral o la tasa promedio de depósito de CTS a la fecha de pago y se debe elegir la que más beneficie al trabajador.

Ejemplos de Compensación por Tiempo de Servicio.

Trabajador 1: con remuneración fija.

  • Fecha de inicio                            18.02.2023                                          
  • Tiempo computable                    6 meses (del 01.05.2024 – 31.10.2024)
  • Remuneración básica                 S/ 3,000.00
  • Asignación familiar                      S/ 102.50
  • Gratificación Julio 2024             S/ 3,102.50
  • Bonificación extraordinaria         S/ 279.23 

Solución

  • Remuneración básica                 S/ 3,000.00
  • Asignación familiar                       S/ 102.50
  • 1/6 gratificación julio 2024          S/ 517.08
  • Total de remuneración computable: S/ 3,619.58

Ahora vamos a calcular el importe a depositar por los meses trabajados

Remuneración computable   
%
N.° de meses al año   
X
N.º de meses a depositar   
=
Total a depositar
    S/ 3,619.58      12               6S/ 1,809.79

El importe a depositar por Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) en el mes de noviembre es por S/ 1,809.79, y corresponde por haber trabajado seis meses.

Trabajador 2: Con remuneración variable

  • Fecha de inicio                           18.02.2023                                          
  • Tiempo computable                   6 meses (Del 01.05.2024 – 31.10.2024)
  • Remuneración básica                      S/ 3,000.00
  • Asignación familiar                         S/ 102.50
  • Gratificación Julio 2024                  S/ 3,102.50
  • Bonificación extraordinaria           S/ 279.23 
  • Comisiones del último semestre         S/ 1,100.00
    • Mayo S/ 200.00
    • Junio S/ 100.00
    • Julio  S/ 150.00
    • Agosto S/ 200.00
    • Septiembre S/ 150.00
    • Octubre  S/ 300.00
  • Horas extras                                         S/ 450.00 (enero, febrero y marzo)
  • Bonificación por cierre de balance S/ 500.00

Solución

  • Remuneración básica                  S/ 3,000.00
  • Asignación familiar                      S/    102.50
  • 1/6 Gratificaciones S/    517.08
  • 1/6 Promedio comisión               S/    183.33
  • 1/6 Promedio horas extras          S/      75.00
  • 1/12 Bonificación balance          S/       41.66
  • Total de remuneración computable: S/ 3.844.57

Ahora realizamos el cálculo por el tiempo de servicio

Remuneración computable   
%
N.° de meses al año   
X
N.º de meses a depositar   
=
Total a depositar
    S/ 3,844.57      12               6S/ 1,922.29

Como este trabajador ha tenido ingresos variables ha permitido que su CTS aumente a S/1,9229,00 1,922.29, y corresponde por los 6 meses de trabajo.

Trabajador 3: Que labora en una pequeña empresa (REMYPE)

  • Fecha de inicio                            18.02.2023       
  • Tiempo computable                   6 meses (Del 01.11.2024 – 30.04.2025)
  • Remuneración básica                 S/ 2,000.00
  • Gratificación Julio 2024              S/ 2,000.00
  • Bonificación extraordinaria        S/ 180.00 

Solución

  • Remuneración básica                 S/ 2,000.00
  • 1/6 gratificación Julio 2024        S/ 333.33
  • Total remuneración computable S/ 2,333.33

Ahora calculamos por el tiempo de trabajo

Remuneración computable   
%
Días del mes   
X
Jornales diarios 
  =
Total a depositar
    S/ 2,333.33      30               15S/1,166.67

ahora calcularemos cuánto sale a depositar por se una pequeña empresa.

Remuneración computable   
%
N.° de meses al año   
X
N.° de meses a depositar   
=
Total a depositar
    S/ 1,166.67      12               6S/ 583.33

Las pequeñas empresas inscritas en REMYPE, están obligadas a depositar 15 jornales diarios en un año por CTS. Es por ello, que en este caso corresponde hacer el depósito de S/ 583.33

Conclusión

  • Los trabajadores de las pequeñas empresas tienen derecho a quince (15) remuneraciones diarias por casa año completo de servicio.
  • Las horas extras son computables para el cálculo de CTS, si el trabajador lo ha percibido cuando menos tres meses en cada periodo de seis.
  • El pago se efectuará el 15 de mayo y 15 de noviembre; si se realiza después de estas fechas, se generan intereses extemporáneos.

Si deseas saber cómo se calculan las gratificaciones, haz clic aquí.

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