Multa por no pagar renta de cuarta categoría

Existe una multa por no pagar la renta de cuarta categoría dentro de la fecha de vencimiento, aunque se haya declarado correctamente y dentro del plazo, lo que también genera el cálculo de intereses moratorios.

Preguntas y respuestas

¿Se genera multa si presento la declaración dentro del plazo y realicé correctamente la retención de la renta de cuarta categoría, pero el pago lo hice al siguiente día?

Si, aunque hayas presentado la declaración dentro del plazo y realizaste correctamente la retención de cuarta categoría, y se pagó fuera de plazo (aunque sea solo un día después), y de acuerdo con el inciso 4) del Art. 178 del Código Tributario, constituye una infracción no pagar dentro del plazo establecido los tributos retenidos o percibidos.

¿Cuánto es la multa si no pago el tributo retenido dentro del plazo, aunque se haya declarado y retenido?

  • 50 % del tributo retenido y no pagado.
  • No puede ser menor al 5% de la UIT.  

¿Qué código de multa y tributo se asocia por pagar fuera de plazo la renta de cuarta categoría?

  • Código multa: 6111 – Retención no pagada en plazo establecido.
  • Tributo asociado: 3042 – Renta 4ta. Categoría Retenciones.

¿Qué formulario se llena para el pago de la multa?

Formulario Virtual N° 1662 – Pago de Multa, se utiliza cuando el contribuyente ha recibido una multa por alguna infracción tributaria y desea preceder con el pago de la misma. Este formularia está disponible a través de la página web de la SUNAT.

  • Ingresa al portal de SUNAT.
  • ve al “Formulario Virtual N.° 1662”. Esto lo puedes hacer buscando la barra de búsqueda de la página SUNAT.
llenado del Formulario Virtual 1622 pago de multa

El formulario te dará opciones para elegir el método de pago, ya sea en una agencia bancaria, o a través de transferencia electrónica.

¿Existe plazos especiales para pagar la multa con gradualidad?

Si, en el TUO del Código Tributario, existe un régimen de gradualidad para el pago de multas relacionadas con el tributo retenido y no pagado. La gradualidad es beneficio que permite reducir el monto de la multa en función a ciertos factores, como la voluntad del pago y conducta del contribuyente.

Fuente: SUNAT

Caso práctico: Multa por no pagar renta de cuarta categoría

La empresa Los Rápidos S.A.C. con RUC: 20505050500, cumplió con realizar la retención de cuarta categoría por S/ 1,300.00 correspondientes al mes de noviembre de 2024, dentro de la fecha de vencimiento de la declaración jurada (PLAME). Sin embargo, el pago de dicho monto lo realizo 3 días después del vencimiento de la fecha límite.

Desarrollo:

  • Fecha de vencimiento según SUNAT                       :17/12/2024
  • Fecha del pago del tributo retenido y no pagado: 20/12/2024
  • Tributo retenido y no pagado                 : S/ 1,300.00
  • 5% – UIT (5,150.00) vigente 2024           : S/    257.50
  • 50% tributo retenido (1,200.00)             : S/    650.00
  • Subsanación voluntaria – Rebaja 95%    : S/    617.50
  • Total de multa a pagar 5%                       : S/    33.00

Nota: para calcular la multa siempre se elige el mayor entre el 5% de la UIT y 50% del tributo omitido.

llenado del formulario virtual - pago de multa

Comentario

En este caso, la empresa Los Rápidos S.A.C., ha cometido una infracción de acuerdo al inciso 4) del articulo 178 del TUO del Código Tributario por el pago fuera de plazo, pero al ser pagado de manera voluntaria accede a una reducción de multa bajo el régimen de gradualidad de 95%.

Si deseas conocer el asiento contable de multa por SUNAT, haz clic aquí.

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