Tabla de contenido
- 1 Preguntas y respuestas
- 1.1 ¿Hay multa si realizo la retención de quinta categoría a tiempo, pero pago después de la fecha de vencimiento?
- 1.2 ¿Cuánto es la multa por no pagar la renta de quinta categoría del plazo?
- 1.3 ¿Cuál es el código de multa por retener y no pagar la renta de quinta categoría?
- 1.4 ¿Qué formulario se llena para el pago de la multa?
- 1.5 ¿Existe un sistema de gradualidad para las multas por tributo retenido y no pagado?
- 2 Caso práctico: Multa por no pagar renta de quinta categoría
Existe una multa por no pagar la renta de quinta categoría dentro de la fecha de vencimiento, a pesar de que se haya realizado la declaración correctamente y dentro del plazo establecido. El incumplimiento en el pago genera no solo una sanción económica, sino también el cálculo de intereses moratorios.
Preguntas y respuestas
¿Hay multa si realizo la retención de quinta categoría a tiempo, pero pago después de la fecha de vencimiento?
Si, de acuerdo al inciso 4) del articulo 178 del TUO del Código Tributario, si el empleador retiene correctamente la renta de quinta categoría y declara dentro del plazo, pero paga fuera de plazo, configura una multa por tributo retenido no pagado.
¿Cuánto es la multa por no pagar la renta de quinta categoría del plazo?
- 50 % del tributo retenido y no pagado.
- No puede ser menor al 5% de la UIT.
¿Cuál es el código de multa por retener y no pagar la renta de quinta categoría?
- Código multa: 6111 – Retenciones o percepciones no pagadas dentro del plazo.
- Tributo asociado: 3052 – Renta 5ta. Categoría Retenciones.
¿Qué formulario se llena para el pago de la multa?
En la página principal de SUNAT, busca el Formulario Virtual N° 1662, que corresponde al pago de multas por infracciones tributarias.
A continuación, te explico como se llena el formulario.
- Accede al portal oficial de SUNAT.
- Busca el Formulario Virtual N.° 1662 – Pago de Multa.
La SUNAT te dará diferentes opciones de pago, como el pago en agencias bancarias o pago electrónico. Dependiendo de tu elección.
¿Existe un sistema de gradualidad para las multas por tributo retenido y no pagado?
Si, en el Código Tributario peruano existe un régimen de gradualidad para las multas aplicadas por tributos retenidos y no pagados dentro del plazo establecido.
Fuente: SUNAT
Estas gradualidades se aplican a los deudores tributarios siempre y cuando además de subsanar, paguen la multa rebajada.
Caso práctico: Multa por no pagar renta de quinta categoría
La empresa Los Rápidos S.A.C., con RUC: 20505050500, cumplió con presentar el PLAME dentro de la fecha de vencimiento y realizo correctamente la retención de renta de quinta categoría por un monto de S/ 1,200.00 durante el mes de noviembre de 2024. Sin embargo, el pago a SUNAT de la retención se hizo 3 días después de su fecha de vencimiento.
Desarrollo:
- Fecha de vencimiento según SUNAT :17/12/2024
- Fecha del pago del tributo retenido y no pagado : 20/12/2024
- Tributo retenido y no pagado : S/ 1,200.00
- 5% – UIT (5,150.00) vigente 2024 : S/ 257.50
- 50% tributo retenido (1,200.00) : S/ 600.00
- Subsanación voluntaria – Rebaja 95% : S/ 570.00
- Total de multa a pagar 5% : S/ 30.00
Nota: para calcular la multa siempre se elige el mayor entre el 5% de la UIT y 50% del tributo omitido.
Comentario
En este caso, la empresa Los Rápidos S.A.C., realizo la retención de quinta categoría por un monto de S/ 1,300.00 correctamente y presento su PLAME dentro del plazo. Sin embargo, el pago a SUNAT lo realizo 3 días después de la fecha de vencimiento, lo que genero una multa de S/ 30.00.
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